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domingo, 31 de enero de 2016

SEGURIDAD Y DEFENSA DE LA NACION
4.      
La decisión de alcanzar la inclusión de toda su población al pleno goce y disfrute de los derechos humanos y la vinculación de estos derechos con un concepto integral de Seguridad y Defensa no es una decisión de sus gobernantes sino un mandato constitucional aprobado mediante consulta electoral, libre y soberana.
Este mandato está contenido en el Artículo 322 de la Constitución Nacional, y señala lo que sigue:
"La seguridad de la Nación es competencia esencial y responsabilidad del Estado, fundamentada en el desarrollo integral de ésta y su defensa es responsabilidad de todos los venezolanos y venezolanas; también de las personas naturales y jurídicas, tanto de derecho público como de derecho privado, que se encuentren en el espacio geográfico nacional."
La Seguridad de la Nación venezolana está fundamentada en el desarrollo integral y en la corresponsabilidad entre el Estado y sociedad Civil, condiciones que promueven el goce y ejercicio de los derechos y garantías en los ámbitos económicos, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar, correspondiéndole al Fuerza Armada Nacional como expresión militar del poder nacional en Venezuela, garantizar la independenciasoberanía nacional y el respeto a los más sublimes principios y valores expresados en el preámbulo y texto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela como son el establecimiento de una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiénica y pluricultural, que consolide la libertad, la independencia, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia, el imperio de la ley y el mantenimiento de la paz.
  La Fuerza Armada Nacional como parte esencial e indisoluble del Poder Público Nacional, basada en los intereses y objetivos nacionales establecidos para el cumplimiento de las políticas correspondientes a la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo integral del país, da origen y formula el presente Concepto Estratégico Militar, con la finalidad de proporcionar la dirección estratégica para el funcionamiento y desarrollo de la institución. 
este sentido, se promulgaron las Líneas Generales del Plan de Desarrollo de la Nación, que toman en consideración el nuevo régimen de Seguridad Hemisférica cuyo atributo fundamental será su carácter integral y multidimensional,  el fortalecimiento de la Soberanía Nacional y la promoción de un mundo multipolar, a través de la estrategia de pluralización, incorporando a la Fuerza Armada Nacional al desarrollo integral de la Nación, mediante el desarrollo de un  nuevo modelo  que estimule la inteligencia colectiva, el desarrollo económico, la estabilidad  política, la integridad social, el desarrollo tecnológico y la ocupación eficiente del territorio y en  el fortalecimiento de la defensa regional. 
Para el fortalecimiento de la defensa regional se desarrollarán iniciativas, particularmente con los países vecinos, encaminadas a construir un marco estable de seguridad y cooperación internacional, inspirados en intereses  comunes, que permitan el fortalecimiento de instituciones regionales económicas y hemisféricas militares. En virtud de la cual se hace necesario la promoción de una agenda que contemple los siguientes aspectos :
·         La participación en el desarrollo regional.
·         La formulación de nuevo concepto de defensa regional.
Artículo 15. El Estado tiene la responsabilidad de establecer una política integral en los espacios fronterizos terrestres, insulares y marítimos, preservando la integridad territorial, la soberanía, la seguridad, la defensa, la identidad nacional, la diversidad y el ambiente, de acuerdo con el desarrollo cultural, económico, social y la integración. Atendiendo la naturaleza propia de cada región fronteriza a través de asignaciones económicas especiales, una Ley Orgánica de Fronteras determinará las obligaciones y objetivos de esta responsabilidad.
Artículo 323. El Consejo de Defensa de la Nación es el máximo órgano de consulta para la planificación y asesoramiento del Poder Público en los asuntos relacionados con la defensa integral de la Nación, su soberanía y la integridad de su espacio geográfico.
A tales efectos, le corresponde también establecer el concepto estratégico de la Nación. Presidido por el Presidente o Presidenta de la República, lo conforman, además, el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva, el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional, el Presidente o Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, el Presidente o Presidenta del Consejo Moral Republicano y los Ministros o Ministras de los sectores de la defensa, la seguridad interior, las relaciones exteriores y la planificación, y otros cuya participación se considere pertinente. La ley orgánica respectiva fijará su organización y atribuciones.
El concepto de desarrollo integral se encuentra en el Artículo 4 de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, estableciendo que: "El desarrollo integral, a los fines de esta Ley, consiste en la ejecución de planes, programasproyectos y procesos continuos de actividades y labores que acordes, con la política general del Estado y en concordancia con el ordenamiento jurídico vigente, se realicen con la finalidad de satisfacer las necesidades individuales y colectivas de la población, en los ámbitos económico, social, político, cultural, geográfico, ambiental y militar."
acciones de defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad territorial y el desarrollo integral de la Nación."
El llamado formulado, por el Presidente Hugo Chávez a todos los venezolanos y venezolanas a defender la paz, la independencia, la soberanía y el espacio geográfico del país tiene su fundamento en esta Ley, establecido de la siguiente forma en sus artículos 5, 6 y 7:
Ante la situación planteada el cumplimiento de la corresponsabilidad en la seguridad y defensa es un deber ciudadano. Alcanzar el pleno goce y disfrute de todos los derechos humanos no depende sólo de las instituciones del Estado, sino de todos los que en esta tierra vivimos.
La "Defensa Integral de la Nación" sistematiza tres líneas de acción estratégicas y actúa sobre tres objetivos fundamentales.

LAS LINEAS DE ACCION ESTRATEGICA INVOLUCRAN:
a) El fortalecimiento del componente militar de la nación con: i) el incremento de los contingentes militares de tropas en todo el territorio nacional; ii) el mejoramiento óptimo de la capacitación de las tropas regulares y de los batallones de reservistas; iii) la configuración de hipótesis con la posibilidad de un teatro de operaciones militares en algunos puntos vitales de la nación, como en la frontera occidental; iv) el ajuste y la actualización de materiales y equipos de las Fuerzas Armadas, y v) la compra de nuevo material de guerra, adecuado a las circunstancias de defensa nacional por tierra, agua y aire.
b) La consolidación y ampliación de la unión cívico-militar, y
c) La articulación de la masiva participación en la Defensa Integral de la Nación, mediante el incremento de las Fuerzas de Reserva hasta llegar a los cien mil hombres y mujeres, incluyendo militares profesionales en retiro en tareas de organización popular para la defensa en cada barrio, en cada fabrica, en cada sitio donde haya un núcleo de patriotas dispuestos a organizarse para la defensa territorial.
Hay, desde luego, en la nueva doctrina, un trasfondo conceptual que preveé el establecimiento de nuevos códigos y referentes que replanteen la acción militar alrededor de un paradigma esencialmente "defensivo", dentro de una "guerra asimétrica" que incluye la definición de centros de gravedad en todos los ámbitos, el respeto a la institucionalidad y la obediencia al mando único.
La "guerra asimétrica" que combina formas regulares e irregulares (de acción guerrillera en el acumulado histórico de las FARC en Colombia), esta presente en la nueva concepción defensiva y es de una absoluta vigencia y enormes potencialidades porque la ortodoxia militar que alienta la forma convencional de hacer la guerra, esta siendo relegada. Los conceptos de nación en armas, la doctrina de guerra de todo el pueblo y la unidad cívico-militar, están abriéndose paso en la teoría y en la práctica.
La "guerra asimétrica" debe lograr que el ser humano se convierta en el arma principal para sobreponerse a la debilidad tecnológica, diluyendo así la asimetría estratégica positiva del enemigo, su máximo poder de fuego. Logrando la "asimetría de la voluntad", la modalidad mas temida de asimetría en el escenario de las guerras populares modernas, como lo esta mostrando Manuel Marulanda y las FARC en su actual contraofensiva frente al gobierno paramilitar de Uribe Velez.
Punto clave en la "Defensa Integral de la Nación" es el intercambio militar con otros países, especialmente de Sudamérica, como el Brasil, con el que se estudia la adquisición de nuevos aviones brasileños AMX Tucanos y de radares, lo cual se concretara en la visita del Presidente Lula a Caracas, el 13 de febrero del año en curso.
Es crucial el suministro de los mejores helicópteros de ataque y asalto disponibles en el mercado internacional, los rusos MI-35 y el suministro de 90 mil fusiles de asalto Kalashnikov AK-47 junto con lanzacohetes RPG-47 y lanzagranadas, cuyo grandioso valor militar ha quedado comprobado por la resistencia en Irak contra la tropa imperialista. Todo ello para mejorar el parque militar y establecer un permanente intercambio tecnológico que incluya elementos del parque aeronáutico de ChinaIndia y Rusia y del naval español. A lo que se suma la constante identificación de mercados alternativos de tecnología bélica y el desarrollo de la propia industria militar en correspondencia con el modelo de desarrollo endógeno.

LOS OBJETIVOS PUNTUALES DE LA "DEFENSA INTEGRAL DE LA NACION" SE ORIENTAN A:
a) la constitución de Consejos Regionales y Locales de Seguridad, como instituciones de control de la reserva y de coordinación con los organismos civiles; b) mejorar el stock de reservas alimentarías y de otra índole para situaciones de emergencia; y c) el desarrollo de la industria militar venezolana.
La Nueva Doctrina Militar gestada e impulsada por la revolución venezolana es un punto de referencia obligado para los pueblos latinoamericanos en su dura lucha contra los planes imperialistas de dominación continental, mediante una estructura que se impone al resto de naciones a través de la fuerza del chantaje y el control económico.
Artículo 328 establece el papel que debe desempeñar el sector militar en esa nueva concepción de la Seguridad de la Nación al señalar: "La Fuerza Armada Nacional constituye una institución esencialmente profesional, sin militancia política, organizada por el Estado para garantizar la independencia y soberanía de la Nación y asegurar la integridad del espacio geográfico, mediante la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional, de acuerdo con esta Constitución y la ley."
  De las disposiciones de estos y otros artículos se desprenden claramente las responsabilidades establecidas para todos los venezolanos y quienes vivan en Venezuela en la Seguridad de la Nación y la condición que se requiere para cumplirla: la unidad cívico-militar. La acción conjunta cívico-militar se perfila como el factor determinante del proceso de cambio social diseñado en la Constitución Nacional.
PROPUESTAS EN LA LEY ORGÁNICA DE LA FAN
Para adelantar las responsabilidades establecidas en los preceptos constitucionales, la Fuerza Armada Nacional requiere de un instrumento que le proporcione los lineamientos generales para su organización, ese es el cometido que cumpliría la Ley Orgánica de la FAN, actualmente en discusión en la Asamblea Nacional.
Conveniente es repetir una vez más que el proyecto de Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional determina que la Fuerza Armada Nacional es la única y principal institución castrense de la República Bolivariana de Venezuela, la cual se encuentra movilizada permanentemente a fin de garantizar la defensa de los intereses vitales nacionales, así como la de sus ciudadanos, su territorio y su gobierno constitucional. Bajo estos principios el objeto de la ley no será otro que el establecer las disposiciones que rigen la organización, funcionamiento y administración, de la Fuerza Armada Nacional.
Destacan como elemento de fortalecimiento de la institución militar, dentro de la integración cívico militar nacional y latinoamericana,  el artículo 40 y el 179 del proyecto de Ley, los  cuales  son transcritos a continuación: "El Comando Estratégico Operacional es la organización militar que planifica y conduce las operaciones militares específicas y conjuntas, en el marco de un teatro de operaciones para la defensa militar, la cooperación en el mantenimiento del orden interno y la participación activa en el desarrollo nacional"
Para finalizar La democracia y el actual proceso exigen reglas claras para actuar y líneas para el comportamiento ético, elementos fundamentales para allanar el camino de la convivencia y la compresión entre los ciudadanos civiles y militares que tienen una responsabilidad común: la seguridad y defensa de la Nación.
Bibliografías
Trabajo realizado por los TSU Carlos Bianco Y Edgar López
UNEFA

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